A- de 2021
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Paola Andrea Meneses Mosquera
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Competencia de la jurisdicción contencioso administrativa
- Contencioso Administrativo Laboral y Ordinaria Laboral
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado Primero Administrativo del Circuito de Bogotá y el Juzgado Trece Laboral del Circuito de la misma ciudad.
La discrepancia entre los precitados despachos tuvo su origen en una acción de nulidad y restablecimiento del derecho que buscaba la nulidad parcial de actos administrativos emitidos por la agente especial liquidadora de Saludcoop EPS para resolver objeciones a los créditos presentados por la sociedad CEDIT en el proceso liquidatorio de la precitada entidad, al igual que conceder su reposición.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones la Corte resolvió el asunto dando aplicación a la regla fijada en el Auto 343/21, a través del cual se estableció que, conforme a lo dispuesto por el numeral 2 del artículo 295 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero y por el parágrafo 2º del artículo 233 de la Ley 100 de 1993, la jurisdicción de lo contencioso administrativo es competente para conocer de demandas contra actos del agente liquidador de una EPS designado por la Superintendencia Nacional de Salud, que se pronuncien sobre la aceptación, rechazo, prelación o calificación de créditos.
Esto, porque los agentes liquidadores son particulares en ejercicio transitorio de funciones públicas y sus decisiones tienen la naturaleza de actos administrativos.
Con base en lo anterior dispuso el envío del expediente al Juzgado Primero Administrativo Oral del Circuito de Bogotá, para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados en este trámite y al otro operador jurídico.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (5 points)
- Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado
- Primero. Administrativo Oral del Circuito de Bogota y el Juzgado Trece Laboral del Circuito de Bogota, en el sentido de DECLARAR que el Juzgado
- Primero. Administrativo Oral del Circuito de Bogota es la autoridad competente para conocer la demanda de nulidad y restablecimiento del derecho promovida por el la Sociedad Centro de Especialistas Diagnostico y Tratamiento, CEDIT LTDA. en contra de las resoluciones 1960 de 6 de marzo de 2017 y 1974 de 14 de julio de 2017, proferidas por la agente especial liquidadora de Saludcoop EPS.
- Segundo. REMITIR el expediente CJU-230 al Juzgado
- Primero. Administrativo Oral del Circuito de Bogota, para lo de su competencia y para que comunique la presente decision a los interesados en este tramite y al Juzgado Trece Laboral del Circuito de Bogota.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.